Artículo 66: Funciones del Consejo de IA
El Consejo de IA prestará asesoramiento y asistencia a la Comisión y a los Estados miembros para facilitar la aplicación coherente y eficaz del presente Reglamento de IA en toda la UE. El artículo 66 del Reglamento de IA describe las responsabilidades del Consejo Europeo de Inteligencia Artificial. El Consejo también promueve la cooperación y el intercambio de conocimientos y puede emitir recomendaciones y dictámenes sobre la elaboración de normas y directrices.
Los resúmenes tienen como objetivo proporcionar una explicación útil, pero no son legalmente vinculantes.
El Consejo de IA prestará asesoramiento y asistencia a la Comisión y a los Estados miembros para facilitar la aplicación coherente y eficaz del presente Reglamento. A tal fin, el Consejo de IA podrá, en particular:
- Considerandos pertinentes