Artículo 90: Alertas del grupo de expertos científicos sobre riesgos sistémicos
En este artículo se describe el proceso para que el grupo de expertos científicos emita una alerta cualificada a la Oficina de IA si sospecha que un modelo de IA de uso general plantea un riesgo concreto o cumple las condiciones específicas a que se refiere el artículo 51 relacionadas con los modelos de IA de uso general con riesgo sistémico. A continuación, la Comisión Europea puede evaluar el asunto y adoptar las medidas adecuadas.
Los resúmenes tienen como objetivo proporcionar una explicación útil, pero no son legalmente vinculantes.
1. El grupo de expertos científicos podrá proporcionar alertas cualificadas a la Oficina de IA cuando tenga motivos para sospechar que:
2. Tras recibir dicha alerta cualificada, la Comisión podrá ejercer, a través de la Oficina de IA y tras haber informado al Consejo de IA, las facultades previstas en la presente sección con el fin de evaluar la cuestión. La Oficina de IA informará al Consejo de IA de cualquier medida que se adopte de conformidad con los artículos 91 a 94.
3. Las alertas cualificadas deberán motivarse debidamente e indicar, como mínimo:
- Considerandos pertinentes